Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0614/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.2.2. Informe de la persona demandada
No obstante de constar en el acta de audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad, la presencia del abogado de la demandada, y la ausencia de la misma, de la lectura de dicha pieza procesal, no se evidencia su participación para impugnar o fundamentar en contrario, la acción planteada en su contra.
- I.1.1
- I.2.1
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Perdón judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- APROBAR