SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2011-R

Fecha: 03-May-2011

III.3. Análisis del caso concreto

         En el caso de autos, de acuerdo a los antecedentes y a la jurisprudencia constitucional citada, no es posible ingresar al análisis de fondo de la presente  acción, toda vez que las lesiones al debido proceso deben ser reparadas por los jueces ordinarios y sólo agotadas las instancias que la justicia ordinaria prevé, se podrá activar la justicia constitucional, salvo que los antecedentes del caso, cumplan los requisitos establecidos por la SC 0619/2005-R de 7 de junio, que exige que el acto u omisión ilegal o amenaza de la autoridad pública, esté vinculados directamente con el derecho a la libertad y haya ocasionado su restricción o supresión; además que el accionante se haya encontrado en estado absoluto de indefensión.