Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0634/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.4.
II.4. El accionante mediante memorial de 9 de febrero de 2009, que cursa de fs. 9 a 13 vta., solicita nulidad inmediata de la orden de 22 de diciembre de 2008, por ser atentatoria a sus intereses, y, al no haberse demostrado el fundado riesgo en el que basó su autorización. La Superintendencia Tributaria Regional de Cochabamba, mediante providencia de 16 de febrero de 2009, declara no ha lugar la solicitud planteada (fs.8).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Las Resoluciones emitidas por la Administración Tributaria como Actos Administrativos
- Todo otro acto administrativo definitivo de carácter particular emitido por la Administración Tributaria
- APROBAR