SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0658/2011-R
Fecha: 16-May-2011
a)
Como emergencia de un proceso por el supuesto delito de estelionato, la Fiscal de materia designada a la División Económicos y Financieros de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) de la ciudad de La Paz, viene cometiendo en su contra, una serie de acciones, tales como: a) Darle una interpretación antojadiza al art. 337 del Código Penal (CP); b) No dirigir las investigaciones en forma ecuánime; c) Disponer la anotación preventiva de su bien inmueble, impidiéndole ejercer su derecho propietario, que demás está decir, se encuentra registrado en las Oficinas de Derechos Reales (DD.RR.); y, d) Tratarlo como un vulgar delincuente, al conminarlo a que se presente ante su autoridad a prestar declaración informativa bajo apercibimiento de ley, es decir, en calidad de imputado.
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- APROBAR