Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0658/2011-R
Fecha: 16-May-2011
Fragmento 8
En virtud al nuevo ordenamiento legal vigente, el Tribunal Constitucional, se constituye en el celoso guardián de los derechos afectados, es así que: “La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, como consecuencia de la vigencia del nuevo modelo constitucional y la naturaleza de la acción de libertad, ha sentado la línea jurisprudencial determinando los supuestos de subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, cuando existan medios idóneos e inmediatos para proteger las supuestas lesiones al derecho a la libertad.
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- APROBAR