Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0658/2011-R
Fecha: 16-May-2011
Fragmento 11
En cuanto a los supuestos actos ilegales de la Fiscal demandada, el accionante como era su deber, no acudió oportunamente ante el Juez cautelar denunciando las pretendidas irregularidades, olvidando que el Ministerio Público, se encuentra sometido al control jurisdiccional, conforme lo estipulado por los arts. 54.1 y 279 del CPP; situación que impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, correspondiendo denegar la tutela por subsidiariedad.
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- APROBAR