SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2011-R
Fecha: 16-May-2011
a)
Las autoridades demandadas, remitieron el informe correspondiente ante el Juez de garantías, conforme cursa de fs. 59 a 65, señalando lo siguiente: a) Como fundamento de su petición, reprodujo los fundamentos expuestos en una acción de libertad interpuesta con anterioridad, impugnando el mismo Auto Supremo que es objeto de la presente acción, misma que fue resuelta por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; b) Que por los sucesos que motivan su juzgamiento, no cabe duda que los hechos imputados al actor, se refieren precisamente a actos realizados cuando desempeño funciones de servidor público, en consecuencia inmerso en la previsión del art. 112 de la CPE; c) Las autoridades demandadas, a tiempo de emitir el Auto Supremo, no podían ingresar a considerar ni precisar, aspectos referidos al fondo de las imputaciones, tales como determinar la existencia o inexistencia real del daño económico o su cuantificación, por cuanto, esos aspectos se encontraban vinculados directamente con la comprobación de los elementos constitutivos de los tipos penales imputados, consiguientemente relacionados con el tema de fondo de la causa; aspecto que hubiera conllevado a un recurso de recusación; y d) Con referencia al art. 123 de la CPE, esta hace referencia al carácter retroactivo de la ley, entre otros presupuestos, en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por funcionarios públicos contra los interés del Estado y la presente causa fue por la participación del accionante como servidor público en el proceso de licitación y por su participación en el pago de $us. 1570720.- a favor de la empresa Hiundai Bolivia S.A.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 9
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- Identidad de objeto, sujeto y causa
- Teófilo Tarquino Mújica y Ángel Irusta Pérez, Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia,
- misma pretensión
- APROBAR,