Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2011-R
Fecha: 16-May-2011
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR, la Resolución 16/2009 de 2 de diciembre, cursante de fs. 68 a 69, pronunciado por el Juez Primero de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 9
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- Identidad de objeto, sujeto y causa
- Teófilo Tarquino Mújica y Ángel Irusta Pérez, Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia,
- misma pretensión
- APROBAR,