Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.4.
II.4. Mediante el trámite voluntario de declaratoria de herederos, Andrea Fernández, Ronald Aquino Fernández, Grover Aquino Fernández y Giovana Aquino Fernández, fueron declarados, mediante Testimonio de 22 de junio de 1999 expedido por el Juez Primero de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Oruro, como herederos forzosos a la muerte del de cujus Sebastián Aquino Cruz (fs. 8 a 10).
- Andrea Fernández Vda. De Aquino, Giovana Aquino Fernández, Ronald Aquino Fernández y Grover Aquino Fernández
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 2)
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- derecho a la defensa material y técnica
- Así configurado, es preciso recordar que el derecho y garantía genérica del debido proceso no se restringe en su aplicación al ámbito jurisdiccional solamente, sino que es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- III.2. La garantía del debido proceso
- Artículo 8. Garantías Judiciales
- SC 0119/2003-R de 28 de enero.
- a)
- Derecho a la defensa:
- .
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR