SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2011-R

Fecha: 16-May-2011

efectivos y oportunos de defensa

Precisando dicho entendimiento, la SC 0008/2010-R de 6 de abril, sobre la base de la Constitución Política del Estado vigente, estableció que la acción de libertad se configura “…como un medio de defensa idóneo para la protección efectiva y real de derechos fundamentales vinculados a la vida, libertad y procesamientos indebidos que hagan peligrar, supriman o restrinjan estos derechos…” ; añadiendo, sin embargo, que “…en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional, aspecto que se encuentra enmarcado en los mandatos insertos en los arts. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.  

Bajo ese entendimiento, esta última Sentencia Constitucional estableció sub reglas para determinar la existencia de medios efectivos y oportunos de defensa de los derechos fundamentales que se encuentran bajo la protección del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, conforme al siguiente sentido: