SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2011-R
Fecha: 16-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifestó que lesionaron sus derechos a la libertad de locomoción y a la presunción de inocencia, por cuanto, habiéndole concedido la cesación de la detención preventiva que cumple, se le impuso medidas sustitutivas, entre otras, la fianza económica de Bs40 000.- (cuarenta mil bolivianos), suma de dinero que le es de imposible cumplimiento, debido a su carente situación económica demostrada documentalmente, encontrándose privado de libertad por más de treinta meses, sin tener sentencia ejecutoriada, cumpliendo de esa manera una condena anticipada. Corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. El caso analizado
- “Artículo 251º.- (Apelación).
- improcedente
- APROBAR