Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0717/2011-R
Fecha: 20-May-2011
II.6.
II.6. Mediante nota de 8 de octubre de 2008, el Oficial de Diligencias de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, representó a Presidencia y Vocales de la Sala de referencia, en sentido que al haber sido designado como defensor de oficio del accionante, Alfonso Camacho Escobar, se procedió a la notificación del mismo con el Auto de Vista de 5 de septiembre de 2008 (fs. 36).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- b)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR