Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0751/2011-R
Fecha: 20-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Desde su inicio, el 28 de enero de 2006, a la fecha de interposición de la presente acción de defensa, transcurrieron tres años y tres meses, sobrepasando abundantemente el término establecido en el art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), para la duración máxima del proceso; por lo que, el Tribunal Cuarto de Sentencia debió pronunciarse al respecto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR