Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0751/2011-R
Fecha: 20-May-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
El abogado del accionante, ratificó la acción, indicando que en mérito al art. 133 del CPP, el proceso penal seguido contra su defendido, debía extinguirse por la duración máxima del proceso. Agrega que por ello, es víctima de procesamiento indebido, al estar detenido por más de tres años sin cumplir las debidas formalidades, lesionando el art. 23 de la Ley Fundamental. Ampliando su demanda, por existir violación al “principio penal que exige más de 24 meses para tener sentencia ejecutoriada lo cual no se ha evidenciado en el proceso…” (sic).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR