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    AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2012-RCA

    Fecha: 06-Jun-2011

    Fragmento 10

             El Tribunal de garantías, en la Resolución 26/2012 de 16 de abril, cursante a fs. 39 y vta., declaró la improcedencia in limine de la presente acción, argumentando falta de fundamentación jurídica e inexistencia de congruencia entre los hechos que justifican el petitorio y derechos supuestamente vulnerados.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • Fragmento 4
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 6
    • II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • II.3. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • no procede
    • Fragmento 10
    • II.4.           Revisión de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías
    • II.5.  Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 13
    • requisitos de forma los insertos en los numerales 1, 2 y 5 del art. 77 de la misma Ley,
    • a)   Exposición con precisión y claridad de los hechos
    • c)   Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
    • 2.   Nombre y domicilio de la autoridad demandada

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