AUTO CONSTITUCIONAL 209/2011-RCA
Fecha: 03-Jun-2011
Fragmento 5
Los requisitos de admisibilidad corresponden a la forma y al contenido de la demanda de acción tutelar, clasificados por la jurisprudencia constitucional, deben ser de inexcusable observancia por los accionantes a momento de presentar su acción de amparo constitucional y por el juez o tribunal de garantías a momento de verificar los mismos para su admisión, por cuanto del cumplimiento de los mismos depende que tanto el tribunal de garantías como este Tribunal en revisión, puedan compulsar sobre la base de criterios objetivos, la legitimación de las partes, la veracidad de los hechos reclamados y los derechos vulnerados, para pronunciar resolución, primero admitiendo la acción y luego desarrollado el procedimiento constitucional, para luego conceder o denegar el amparo solicitado.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal constitucional
- Fragmento 5
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- una relación fáctica que debe hacer el recurrente; pues está referida a los hechos que sirven de fundamento del recurso o de la razón o razones en la que el recurrente apoya la protección que solicita, que no siempre está referido a un solo hecho sino a varios hechos, que de manera congruente se reconducen y sirven de fundamento del petitorio
- los hechos jurídicamente relevantes que sirven de fundamento fáctico del recurso deben ser, como lo expresa la ley, expuestos con precisión y claridad, dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo, es decir que éste, deberá resolver la problemática planteada conforme en esa descripción de los hechos y su calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra…
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, cómo esos hechos han lesionado el derecho en cuestión
- sin que exista un proceso previo
- APROBAR