ENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL 1007/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

a)

La autoridad demandada, Humberto Parra Condori, Fiscal de Materia, en audiencia en forma oral manifestó lo siguiente: a) Con el cuaderno de investigaciones demuestra que el accionante, fue denunciado el 29 de octubre de 2009 por la Defensoría del Municipio de Viacha; posteriormente, se amplió la denuncia mediante una querella  interpuesta por la madre de la menor, cursando en el cuaderno un certificado de médico forense; b) Se señaló para el 14 de enero del mismo año, a horas 11:00, para que el accionante preste su declaración informativa y la misma fecha el investigador emitió un informe, señalando que: notificó a su abogado Eugenio Poma Quispe, haciendo entrega del requerimiento fiscal, para que se presente y preste declaración informativa; por lo que, Israel Edson Mamani Flores, se presentó ante la Fiscalía, pero sin su abogado defensor, lo que provocó la inviabilidad de llevar a cabo dicha declaración, por tanto, esta acción refiere que estaría obstaculizando la investigación; c) Es totalmente falso que el fiscal habría coaccionado físicamente ni psicológicamente al imputado, para que preste su declaración; y, d) Existe un mandamiento de aprehensión emitido por autoridad competente que es el Ministerio Público, por un delito de orden público, también se trata de una agresión sexual contra una menor de 13 a 14 años; por lo tanto, no ha sido ilegalmente perseguido y detenido.