Sentencia: 0117/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0117/2011-R

Fecha: 17-Jun-2011

b.

b.  El segundo elemento viene de la mano con una suposición, que consiste en el hecho de que el nuevo representante legal de la empresa o persona jurídica a la que represente, debido a que se constata que anteriormente se conminó a la empresa o persona jurídica, tienen la obligación de conocer el desenvolvimiento de la empresa a la que representan, por lo que no resulta razonable que los personeros legales no asuman dicha responsabilidad, ya que estos ya conocen la tramitación del proceso laboral.