Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2011-R
Fecha: 03-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad de locomoción, ya que fue beneficiada con la cesación a la detención preventiva, mediante medidas sustitutivas, las cuales cumplió con el arraigo y el depósito judicial de Bs. 4 000.-; sin embargo, pese a las reiteradas solicitudes por más de un mes, el Tribunal a cargo no dio una respuesta positiva evadiendo la contestación a la petición, encontrándose detenida en forma ilegal. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- SC 0154/2010-R
- o en los casos en que se ha demorado la efectividad de la libertad, pese a que el imputado ha cumplido con las medidas sustitutivas impuestas
- 1)
- APROBAR