SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0884/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
III.2. Análisis de la problemática planteada
De los antecedentes de esta acción, consta que sin embargo de ambas investigaciones bajo control jurisdiccional, en el caso de Jesús Talamá Jordán ante el Tribunal de Sentencia de Turno de la Capital, conforme evidencia la Resolución de acusación pronunciada en su contra; y, de Jaime Alvarez Clementelli, ante el Juez Instructor Mixto de Magdalena, ambos procesados no plantearon recurso incidental o de excepción alguna demandando la situación alegada o la afectación a su derecho a la libertad ante las mismas autoridades jurisdiccionales ordinarias que previnieron sus procesos, extremo que hace inviable el análisis de fondo de los argumentos expuestos por el accionante, por cuanto esta acción de defensa sólo puede activarse una vez que el accionante haya agotado los medios o recursos idóneos, efectivos y céleres que la norma procesal penal prevé para la protección de los derechos alegados.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- Fragmento 16
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- ordenar la tutela
- APROBAR