Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0886/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de ese año, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 08/2010 de 8 de febrero, cursante de fs. 18 a 19 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad
- elementos de convicción
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- ordenar la tutela
- APROBAR