SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0971/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
a)
El abogado de la accionante, ratificó los términos de su demanda y los amplió puntualizando: a) La hija de su defendida, se encuentra recluida en un hogar, privada del derecho de estar con su progenitora; b) Se procedió al allanamiento de la casa de la tía de la menor para recuperar a su hija, como consecuencia de una denuncia de trata de personas y guarda ilegal; hasta esa fecha, no existe ninguna orden judicial que establezca la guarda legal, por lo indicado, mientras tanto, quien tiene el derecho de estar con la menor es sólo la madre; c) El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal ,dispuso el allanamiento para recuperar a la niña, no para que se la abandone en un hogar, restringiéndole su derecho a la libertad; d) Se pidió al Ministerio Público que rescate a la niña y se la entregue a su madre, sin embargo, dicha instancia se tomó la atribución de ordenar su internación en un hogar, cuando la madre está viva; y, e) El progenitor renunció a la guarda de la niña.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Derechos de la niñez y adolescencia
- III.2. La guarda y el acogimiento de niños, niñas y adolescentes
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR