Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0983/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, por Ley 040 de 1 de septiembre de 2010 se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de las causas, actuado que en el caso que nos ocupa, se efectuó el 31 de mayo de 2011, por lo que, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- I.
- “Siendo esta una resolución apelable se notifica a las partes a horas 10:30 am, a fin de que las partes puedan interponer el recurso de apelación previsto por el Art.251 del CPP.”
- APROBAR