SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

a)

El accionante, por su mandante, a tiempo de ratificar los términos expuestos en la acción de libertad, amplió señalando: a) Su defendida en ningún momento fue citada ni notificada con ninguna actuación judicial; tiene domicilio conocido y estuvo presente en Santa Cruz de la Sierra, reunida con miembros de la empresa conciliando cuentas; b) Los supuestos delitos por los cuales se ha iniciado la indebida persecución, se habrían cometido en Trinidad, puesto que es ahí donde vive la victima donde ejercía su trabajo para la empresa y no en de Santa Cruz donde se pretende llevar el enjuiciamiento, dañando de manera flagrante el derecho a la defensa, dejando a su cliente en total indefensión y coartando la posibilidad de llevar adelante una investigación sin vicios; y, c) Mediante estas actuaciones se está incurriendo en un daño inminente al derecho a la libertad, el mismo que puede derivar en daño irreparable puesto que se está sometiendo a su defendida a una persecución que está causando deterioro en su salud y observando de manera principal que puede ser detenida de manera ilegal y contraria a los procedimientos establecidos mediante las leyes y en franca violación del art. 8 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos, como el art. 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.