Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de la existencia de un procesamiento indebido, que vulnera el derecho a la libertad de su representada, toda vez que al no ser notificada legalmente, la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal Cautelar del Distrito Judicial de Santa Cruz y la Fiscal de Materia adscrita a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), desarrollaron la audiencia de medidas cautelares, disponiendo de esta forma su detención preventiva. En consecuencia corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- I.2.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- u otra forma de restricción de la libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- c)
- III.2. Análisis del caso concreto
- “concedido”