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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0999/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0999/2011-R

    Fecha: 22-Jun-2011

    II.7.

    II.7.  El 10 de agosto de 2009, mediante nota, Germán Alvarado Morante, Policía de Servicio de Curahuara de Carangas, emitió informe sobre la citación y emplazamiento de los demandados con la orden instruida emanada por el Juzgado Segundo de Sentencia de Oruro, para participar de la audiencia de amparo constitucional (fs. 49).        

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • Fragmento 4
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.1. Derecho al trabajo
    • el derecho al trabajo es una manifestación de la libertad del ser humano, que le reconoce y garantiza el desempeño libre de una actividad legítima, en condiciones dignas y justas, y que a la vez constituye un medio para conseguir recursos económicos que sufraguen las necesidades de la persona y de su familia
    • Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo'
    • El estado tiene el deber de proteger los derechos sociales y económicos
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • “concedido”
    • APROBAR

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