SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.2.1. Ratificación  y ampliación de la acción

El abogado del accionante, a tiempo de ratificar los términos expuestos en la acción de libertad en audiencia señalo que la Jueza de Familia, sin tomar en cuenta el Auto de 25 de febrero de 2005, que dispuso la cesación y conclusión del proceso de asistencia familiar, conforme con los arts. 435 del Código de Familia (CF) y 73 de la Ley Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF); ordenó, se practique la liquidación desde el mes de octubre de 2004, hasta la fecha actual, haciéndose la suma de Bs9300.- (nueve mil trescientos bolivianos) posterior a ello y pese a existir en la demanda planteada tanto el domicilio real como procesal, ordenó la citación mediante edictos de prensa. Por lo que existió nulidad en las actuaciones conforme señala los arts. 128, 251 y 252 del Código de Procedimiento Civil (CPC).