SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 12 de marzo de 2010, se desarrolló la audiencia de lectura de Sentencia, dentro del proceso penal por supuesta violación, concluyendo dicho actuado procesal quedaron notificadas todas las partes; empero, cabe hacer notar que no se encontraban presentes en la misma audiencia, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia ni el representante del Ministerio Público.

Una vez concluida la audiencia de lectura de Sentencia, en el mismo acto, el abogado de la parte querellante, presentó memorial y prueba anómala e ilegalmente obtenida, solicitando se revoquen las medidas sustitutivas que hasta entonces venía cumpliendo, petitorio que el Tribunal de Sentencia sesionó privadamente conjuntamente las Juezas Ciudadanas, que no tenían porqué deliberar sobre la cesación de medidas sustitutivas.

Fenecida la sesión del Tribunal Primero de Sentencia, se resolvió revocar las medidas sustitutivas que venía cumpliendo su persona, conculcando con dicho accionar el debido proceso, toda vez que lejos de habilitar horas extraordinarias para el verificativo del acto, se tomó una decisión sin la presencia del Fiscal asignado al caso.

Por otra parte, conculcan la presunción de inocencia, ya que a pesar de existir Sentencia y hasta no agotar todos los recursos de ley, no se puede considerar como culpable. Empero en el caso presente, emitida la Resolución correspondiente carente de fundamentación, se ha mellado la dignidad, libertad y libre locomoción.

Solicitó la revocatoria de las medidas sustitutivas, mellando el derecho a la defensa, toda vez que no se otorgó un plazo razonable para preparar la defensa, agudizándose aún más las ilegalidades cuando se permitió presentar prueba sin que ésta haya sido previamente valorada por el Juez de Instrución, debiendo haberse rechazado la misma.