Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
f)
f) El imputado a la fecha ha planteado apelación nuevamente, esta vez contra el Auto de 14 de enero de 2010, que ha sido concedido por proveído de 3 de febrero del citado año, y no es pertinente el presente recurso antes de la acción de libertad por el principio de subsidiariedad, debiendo previamente el accionante agotar todas las instancias de la vía ordinaria.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- d)
- e)
- f)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 13
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- se evidencia que el accionante no se encuentra privado de libertad, ni amenazado su derecho a la libertad física
- APROBAR