SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1042/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1042/2011-R

Fecha: 29-Jun-2011

concedió

A través de la Resolución 20/2009 de 13 de agosto, cursante de fs. 35 a 36, la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituida en Tribunal de garantías, concedió la tutela solicitada, ordenando al demandado restituya inmediatamente el muro divisorio a su lugar de origen, bajo conminatoria de ley, en base a los siguientes fundamentos: 1) Si bien la protección del derecho propietario a través del amparo constitucional se da cuando no existe controversia sobre el mismo, en el presente caso el mismo demandado dice que su terreno no afecta al de la demandante, pero sin justificativo alguno y de manera arbitraria procedió al recorrido del muro divisorio, afectando el derecho propietario de la accionante porque reduce la extensión de su terreno; 2) A nadie le está permitido hacer justicia por mano propia, si tiene algún problema sobre la superficie de su bien, debe recurrir a la vía correspondiente para aclararlo, por lo que no le está permitido afectar derechos de forma directa, para eso existen mecanismos legales; y, 3) Abrahin Cuellar Araujo, al haber recorrido el muro divisorio sin ninguna autorización, cometió un acto ilegal que restringió el derecho propietario de la accionante, mereciendo por ello la tutela en mérito al principio de inmediatez, pues hacerlo a través de los mecanismos ordinarios llevaría mucho tiempo, dando lugar a que se puedan realizar mejoras que harían muy difícil la protección del derecho reclamado.