SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1058/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
II.3.
II.3. Jorge Luis Jiménez Zapata, el 22 de noviembre de 2008, presentó recurso de amparo constitucional solicitando la nulidad de las Resoluciones Municipales 034/2008 y 033/2008; dicho recurso fue declarado improcedente mediante Resolución 06/08 de 19 de diciembre de 2008, dictada por la Jueza de Partido Mixto y de Sentencia de Cliza, autoridad que pronunciándose respecto a la Resolución Municipal 034/2008, manifestó que dicha disposición hacía mención a la suspensión del cargo de Presidente del Concejo no así al de Concejal; y si consideraba que se vulneraron sus derechos debió plantear recurso de reconsideración; fallo en el que se omite el análisis y pronunciamiento respecto a la Resolución Municipal 033/2008 (fs. 131 a 133 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- 1)
- CONCEDIÓ
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la improcedencia del amparo por identidad de sujeto, objeto y causa
- identidad de sujeto, objeto y causa
- III.2. Sobre el impedimento, incompatibilidades, suspensión y cese de funciones de Concejales
- III.3.1. En cuanto a la solicitud de improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa
- III.3.2. En cuanto a la inhabilitación como Concejal
- APROBAR