SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1068/2011-R

Fecha: 11-Jul-2011

II.4.

II.4.  El 13 de febrero de 2009, la Presidenta y Secretario del Concejo Municipal de Riberalta, mediante nota escrita hacen conocer al accionante que su caso fue reconsiderado en la sesión ordinaria del 6 de febrero del mismo año, la que contó con la asistencia de 9 concejales, de los cuales 7 votaron porque se mantenga el memorando y no aceptaron la reconsideración del mismo, y 2 concejales votaron porque se acepte la solicitud de reconsideración, en consecuencia la solicitud de reconsideración no fue aprobada, quedando vigente el mismo, instruyendo al ahora accionante la entrega de las llaves, equipos y materiales en el día; el 18 de febrero de 2009, ante el incumplimiento se le reitera hacer la entrega de la oficina que utilizaba, así como el depósito restante del dinero que le fueron entregados para efectos de cierre de caja (fs. 5 a 6).