Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1073/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.3.
II.3.La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en audiencia de 7 de enero de 2010, mediante Auto de Vista 05, anuló la Resolución apelada de 15 de “noviembre” de 2010, dictada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, que rechazó la solicitud de cesación de detención preventiva, presentada por Juan Carlos “Gómez” Calzadilla, debiendo renovar el acto y en una nueva audiencia a realizarse en un plazo no mayor de cinco días, dictar una resolución en la que fundamente en forma clara, explicita y completa conforme a la previsión del art. 124 del CPP (fs. 3 a 5).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0011/2010-R de 6 de abril
- procesamiento indebido
- SC 2384/2010-R de 19 de noviembre
- debido proceso
- APROBAR