SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1104/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1104/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

II.3.

II.3.      El Juez Tercero de Partido y de Sentencia de El Alto, en la Resolución 068/2010 de 27 de febrero, estableció lo siguiente: “Que, conforme a la práctica habitual que se realiza en los centros penitenciarios, una vez recepcionado el mandamiento de libertad librado por el Juzgado o Tribunal, corresponde efectuar la verificación del mandamiento de libertad con el expediente o cuaderno procesal en el juzgado o tribunal de origen a cargo de un funcionario del penal, quien debe elevar un informe al Gobernador del penal, así como la verificación en los registros del penal respecto a la existencia o no de algún mandamiento de detención preventiva por otro u otros proceso” (fs. 18 vta.).