Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
a)
El abogado del accionante, ratificó íntegramente los términos de la acción tutelar presentada, adicionando que: a) Los demandados agravaron la situación de su patrocinado sin probar que éste estuviera en peligro de fuga, al margen que se solicitó la detención; b) Que el análisis ilegal de los demandados no tomó en cuenta que no procede la reforma in peius; solicitando se anule el Auto dictado por los recurridos y se disponga mantener el Auto de 1 de mayo de 2010; y, c) Solicitó se aclare el fallo arbitrario en el que se valoró la prueba que no correspondía y sobre la que se determinó el monto de fianza además de haberse considerado otros delitos diferentes a los que se acusa.
- acción de libertad,
- 1)
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- Fragmento 12
- III.3. Acreditación de las condiciones socio económicas del imputado
- demuestre fehacientemente y con prueba idónea que no puede por ningún medio oblar la fianza económica por sí ni por medio de terceros
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR