SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2011-R

Fecha: 19-Ago-2011

“denegó”

La Sala Penal de la Corte Superior Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 167/2010 de 8 de junio, cursante a fs. 483 a 486 vta., “denegó” la acción presentada con los siguientes fundamentos: a) La acción de libertad, se activa como remedio idóneo e inmediato, para la protección de la libertad de las personas y de aquellos derechos que se vinculan con ésta de manera directa; b) Excepcionalmente, la acción de libertad se activa para conocer un reclamo de vulneración al debido proceso cuando el acto concreto esté vinculado directamente a la privación de libertad; y, c) Cuando un acto u omisión, haya sido impugnado en la jurisdicción constitucional, no es posible pretender activar esta vía constitucional atacando el mismo acto u omisión, con nuevos argumentos.