Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2011-R
Fecha: 26-Ago-2011
1)
1) El proceso penal de referencia, fue de conocimiento de esa Sala, ante el planteamiento de recursos de apelación por parte del defensor de oficio de los accionantes, haciendo uso de los recursos ordinarios que franquea la ley uno de los demandantes, lo que quiere decir que hasta esa instancia procesal y las siguientes, todos los sentenciados contaron con una defensa legal sin que haya existido vulneración a sus derechos constitucionales como el derecho a la defensa.
- acción de libertad
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- “rechazó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.Sobre la valoración de la prueba en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 16
- III.4. En el caso de autos
- APROBAR