Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1156/2011-R
Fecha: 26-Ago-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 03 de 26 de marzo de 2009, cursante de fs. 12 a 14, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías; y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, con imposición de daños y perjuicios a calificarse en ejecución del presente fallo. Con la aclaración de que no se ingresó a analizar el fondo del asunto.
- acción de
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas.
- 1)
- 2)
- 3)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. La falta de legitimación pasiva en acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- simultáneamente
- APROBAR