Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2011-R
Fecha: 29-Ago-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la presunta vulneración de los derechos de su representada a la libertad, a la defensa, al debido proceso y a la presunción de inocencia, ya que fue citada mediante edictos de prensa, sin que los mismos contengan el texto de la denuncia en su contra, vulnerando el art. 165 del CPP, extremos que dieron lugar a la emisión de un mandamiento de aprehensión ilegal, y a cuya consecuencia luego, se dispuso su detención preventiva, acto que fue realizado el 17 de marzo de 2010. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si se debe o no conceder la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR