Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2011-RCA
Fecha: 14-Sep-2011
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR, con los argumentos expuestos, la Resolución de 7 de febrero de 2011, cursante a fs. 63, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia declara la IMPROCEDENCIA de la presente acción tutelar.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4..Resolución del Tribunal de garantías
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional ante la interposición de una nueva acción.
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR,