Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0270/2011-RCA
Fecha: 14-Sep-2011
I.4..Resolución del Tribunal de garantías
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 7 de febrero de 2011, cursante a fs. 63, determinó que se encontraba impedida de efectuar un nuevo pronunciamiento sobre el mismo asunto; por cuanto, el accionante mediante memorial presentado el 16 de diciembre de 2010, formuló acción de amparo constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4..Resolución del Tribunal de garantías
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 4
- II.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional ante la interposición de una nueva acción.
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR,