SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

a)

Por su parte la Fiscal codemandada expresó en audiencia que: a) La acción de libertad no se encuentra dirigida a su persona en razón a que ella responde al nombre de “Rose María Barrientos Ruiz” y no Doris Barrientos, empero, si se trata de la misma persona que se encuentra en esta audiencia ahora como accionada; b) Ante un delito flagrante no es necesario contar con una orden de allanamiento y mucho menos con una orden de aprehensión, por lo que, el Juez así lo reconoció, no existiendo ningún tipo de abuso por parte del Ministerio Público; c) Observa que sólo existe discrepancia con el cambio de tipificación del delito, facultad no otorgada a los jueces, por lo que, la suscrita Fiscal apelo dicho aspecto; y, d) La acción de libertad no es sustitutiva de otros los recursos, especialmente en la etapa preparatoria que se encuentra bajo el control jurisdiccional, por último rechaza la versión de la representante de la accionante.