SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1219/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

III.2. Medios de impugnación específicos y aptos contra las resoluciones sobre medidas cautelares

No cabe duda que el recurso de apelación incidental, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal de alzada tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso. Es idóneo, porque es el medio adecuado y apropiado, establecido expresamente para impugnar las medidas cautelares que vulneren el derecho a la libertad del imputado. Es inmediato, porque es resuelto sin demora, dado el lapso brevísimo para su resolución (tres días). De lo expresado, se concluye que el Código de Procedimiento Penal, ha previsto un recurso expedito en resguardo del derecho a la libertad del imputado. En consecuencia, ese es el recurso que debe utilizarse para impugnar los actos del juez que se consideren lesivos al derecho aludido, y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional a través de la acción de libertad, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas.