SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2011-R

Fecha: 16-Sep-2011

en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente; y, en consideración al carácter vulnerable de éste grupo social, se ha manifestado también este Tribunal, haciendo patente la necesidad de flexibilizar las exigencias formales referidas al indebido procesamiento

Sin perjuicio de ello, en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente; y, en consideración al carácter vulnerable de éste grupo social, se ha manifestado también este Tribunal, haciendo patente la necesidad de flexibilizar las exigencias formales referidas al indebido procesamiento, dentro del examen de las acciones constitucionales de defensa, a efectos de materializar, en esta jurisdicción, la vigencia plena de los derechos y garantías de menores en conflicto con la Ley, se debe presumir que: los menores por su propia situación y grupo etáreo, se encuentran en absoluto estado de indefensión salvo prueba en contrario;  situación que se justifica por el carácter protectivo de las normas emitidas por del Estado; en ese supuesto, garantizando el derecho a un debido proceso conforme a lo previsto en el art. 214 del CNNA, en caso de menores infractores, sólo será exigible la acreditación del primer supuesto referido a la vinculación entre el acto lesivo y la privación de libertad o entre este y la amenaza al derecho a la vida siendo que del examen de las actuaciones se verificará si no ha mediado además el estado de indefensión absoluta que impide pronunciarse en el fondo. Por otra parte, en los casos vinculados a la minoridad, se hace además viable, la autoreconducción de sus recursos según sea el caso (las negrillas son nuestras)