SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 7 de agosto de 2009, cursante de fs. 213 a 216 vta., y de subsanación de 11 de ese mismo mes y año (fs. 218 vta.), los accionantes, refieren que desde el año 2005, se les ha seguido una “ilegal causa” por el inexistente delito de tráfico de sustancias controladas, seguido por el Ministerio Público, habiendo solicitado el 21 y 27 de noviembre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso ante el Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitud que debió declararse procedente, por cuanto se ha cumplido lo previsto en el art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dado que desde la imputación formal presentada por el Ministerio Público y la interposición del incidente de extinción de la acción penal, han transcurrido tres años y diez días.

Alegan que, el 28 de enero de 2009, el Tribunal Séptimo de Sentencia, mediante Auto fundamentado resuelve declarar probada la excepción de extinción de la acción penal, ordenándose se suspendan todas las medidas jurisdiccionales, notificándose a las partes el 13 de marzo del mismo año, a lo que la Fiscal plantea recurso de apelación contra el citado Auto, sin ningún fundamento, sino solamente pidiendo que se revoque y se acepte la Sentencia condenatoria; sin embargo, los Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, pronuncian el Auto de Vista de 2 de junio de 2009, declarando admisible y procedente el recurso de apelación incidental, siendo ilegal y contrario a derecho, porque incorpora puntos que no fueron objeto del recurso de apelación incidental, referidos a la supuesta ilegalidad del Auto que extingue la acción penal por duración máxima del proceso.