SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera que las autoridades demandas vulneraron el derecho de su representado a la “seguridad jurídica”, la garantía del debido proceso y los principios de congruencia y legalidad; toda vez, que mediante el Auto Supremo 56, sin una debida fundamentación y desconociendo los principios de congruencia y legalidad, decidieron casar el Auto de Vista 124/05, que fue apelado y deliberando en el fondo, declararon probada en parte la demanda principal e improbada la excepción de falta de acción y derecho. Siendo así, que con dicha Resolución fue involucrado a una responsabilidad solidaria por los daños efectuados por la Compañía Adriática de Seguros y Reaseguros S.A. de $us10 968,32.-, cuando dicha suma no fue parte de la litis, nunca se le siguió a su representado un juicio por falsedad del SOAT, ni se demandó la falsedad de ese documento, por lo que no existe congruencia entre el hecho demandado y lo resuelto en dicho Auto Supremo, que fue pronunciado ultra petita, aplicando el art. 999 del CC que no correspondía al caso. En consecuencia corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de amparo.