SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que se han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa y al trabajo, en virtud a un informe malintencionado que elevó la Presidenta del Concejo Municipal de Bella Flor al Director del SEDES de Pando. A consecuencia de ello se le entregó memorando 06/2009 de 20 de julio, de agradecimiento de servicios, por abandono de su puesto de trabajo sin permiso alguno; empero, no presentaron documentación que acredite el hecho denunciado. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.