Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2012-RCA-SL
Fecha: 16-Oct-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 54/11 de 23 de julio de 2011, cursante a fs. 92 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por David Pérez Rapu, Asambleísta Legislativa Departamental de Santa Cruz contra Wilfredo Ovando Rojas, Presidente; Wilma Velasco Aguilar, Vicepresidenta; Irineo Valentín Zuna Ramírez y Ramiro Paredes Zárate, Vocales todos de la Corte Electoral Nacional (CEN) -ahora Tribunal Supremo Electoral (TSE)-.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- confundiéndolo con otro, que es el yuracaré, habiendo un distingo entre ambos en la realidad
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 7
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva;
- II.
- II.5.
- II.6. Análisis del caso concreto
- POR TANTO