Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2012-RCA-SL
Fecha: 16-Oct-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 1 de agosto de 2011, cursante a fs. 221, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Humberto Mejía Ortuño y Bertha Aguilar de Mejía contra Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzales Romero, Vocales de la Corte Superior y José Pompilio Coca Sejas, Juez Cuarto de Sentencia Penal todos del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de la departamental de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.4. Requisitos de contenido de la acción de amparo constitucional
- 1)
- APROBAR