AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2012-RCA-SL

Fecha: 16-Oct-2012

1)

Así, expuestos los antecedentes de la problemática planteada, corresponde efectuar la revisión y verificación del cumplimiento u omisión de los requisitos de admisibilidad. Respecto a los requisitos de forma, el accionante: 1) Acreditó su personería, por cuanto él fue el perjudicado con las Resoluciones Administrativas emitidas en el proceso administrativo; 2) Incumplió lo establecido por el art. 97.II de la LTC, referido al señalamiento del nombre y domicilio de la parte accionada o de su representante legal, aspecto que vincula tanto el establecimiento de la legitimación pasiva, así como la efectivización de la citación, a efectos de garantizar el derecho a la defensa, puesto que no señaló como autoridades demandadas a Patricia Villanueva Pereira, Directora Jurídica de la ATT, quien emitió la TL 0587/2010 (fs. 6 a 7) y Fernando Llanos Pereira, Director Ejecutivo de la ATT, dictó la Resolución Administrativa Regulatoria TL 0927/2010 de 9 de noviembre de 2010 (fs. 10 a 12) y la Resolución Administrativa Regulatoria TL 013/2011 de 10 de enero de 2011 (fs. 15 a 18). y, 3) Presentó los antecedentes que sirven como prueba de la acción incoada, los cuales están aparejados al expediente